La declaración del nacimiento se hará por el padre, por la madre o ambos, o por persona distinta en los casos previstos por la Ley, dentro de los ciento ochenta días siguientes a éste.; y para el acto registral deberá ser presentado la niña o niño o adolescente o adulto ante el oficial del Registro Civil.
Requisitos para un registro de nacimiento:
- Acta de matrimonio de los padres del menor, o en caso de no estar casados, las actas de nacimiento de cada uno en copia certificada.
- Certificado de nacimiento original expedido por la clínica u hospital donde se atendió el nacimiento. (Es importante que antes de ser presentado a lo oficialía de Registro Civil sea revisado por los interesados verificando que los datos estén correctos, de lo contrario acudir a la unidad médica que lo expidió para su debida corrección).
- Identificación oficial en original y copia de los padres del menor a registrar.
- Cartilla de vacunación original del menor a registrar.
- Acompañarse de dos testigos con identificación oficial en original y copia.
En caso de que el menor a registrar exceda de 180 días de nacido, se acompañarán también los siguientes documentos:
- Comprobante de domicilio en original y copia de los padres.
- Constancia de inexistencia de registro de nacimiento del registro civil del lugar donde ocurrió el nacimiento.
- Constancia de inexistencia de registro de nacimiento expedido por la Dirección General del Registro Civil del Estado en el caso de que el menor a registrar tenga más de dos años de edad.
En caso de que el registro de nacimiento extemporáneo sea de un adulto, deberá acudir éste ante el oficial del Registro Civil para su debida atención y orientación.
Costos:
GRATUITO, de conformidad con el artículo 4° constitucional.
Documentos que serán expedidos con el registro de nacimiento:
- Acta de nacimiento original (del interesado)
- Primer acta de nacimiento certificada en forma gratuita, según lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Cartilla de vacunación debidamente llenada y sellada por la oficialía del Registro Civil.
- Clave CURP